{"id":5804,"date":"2026-02-09T11:00:03","date_gmt":"2026-02-09T15:00:03","guid":{"rendered":"https:\/\/elglobal.do\/?p=5804"},"modified":"2026-02-09T11:00:06","modified_gmt":"2026-02-09T15:00:06","slug":"dano-grave","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elglobal.do\/index.php\/2026\/02\/09\/dano-grave\/","title":{"rendered":"\u00bfDa\u00f1o grave?"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Por Andr\u00e9s Dauhajre Hijo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1000\" height=\"473\" src=\"https:\/\/elglobal.do\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/image-44.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-5805\" srcset=\"https:\/\/elglobal.do\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/image-44.png 1000w, https:\/\/elglobal.do\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/image-44-300x142.png 300w, https:\/\/elglobal.do\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/image-44-768x363.png 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Dos empresas, responsables del 92% de las galletas producidas en el pa\u00eds, una de capital extranjero y la otra de capital nacional, acompa\u00f1adas de sus representantes y asesores, el 8 de agosto de 2025 tocaron la puerta del edificio que acoge a la Comisi\u00f3n de Defensa Comercial (CDC), una entidad adscrita al Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes (MICM), para solicitar el establecimiento de un arancel adicional de 67.1% sobre las galletas importadas desde pa\u00edses con los cuales Rep\u00fablica Dominicana (RD) no tiene tratado de libre comercio (TLC). No solicitaron el arancel sobre todas las importaciones de galletas, como habr\u00eda imaginado cualquier evaluador oficial en el caso de una industria que enfrenta la competencia de las importaciones, por la sencilla raz\u00f3n de que, una de las dos empresas, adem\u00e1s de ser productor nacional, es tambi\u00e9n una de las principales importadoras de galletas del pa\u00eds. Las importa, libre de arancel, desde Guatemala y Costa Rica.<\/p>\n\n\n\n<p>Al ingresar al edificio de la CDC, los comisionados, exhibiendo un comportamiento respetuoso, preguntaron a los representantes de las dos empresas galleteras l\u00edderes el porqu\u00e9 hac\u00edan una solicitud de salvaguarda que llevar\u00eda el arancel actual de 20% a 87.1%, lo que implicar\u00eda una prohibici\u00f3n de facto de las importaciones de galletas procedentes de pa\u00edses con los cuales RD no tiene TLC. Respondieron que las importaciones desde esos pa\u00edses les han generado un \u201cda\u00f1o grave\u201d, provocando un fuerte deterioro de su situaci\u00f3n financiera, despido de personal y reducci\u00f3n del uso de su capacidad instalada de producci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Depositaron una caja de documentos, con la salvedad de que los que sustentaban el supuesto \u201cda\u00f1o grave\u201d, se entregaban a t\u00edtulo confidencial, es decir, para uso \u00fanico y exclusivo de la CDC. A las empresas que ser\u00edan afectadas por el \u201carancelazo\u201d de 87.1% y a los 11 millones de consumidores que sufrir\u00edan el aumento de m\u00e1s de 50% en el precio de todas las galletas que venden los colmados y supermercados en el pa\u00eds, no se les permitir\u00eda revisar las informaciones de las dos empresas productoras-importadoras que sustentan el supuesto \u201cda\u00f1o grave\u201d. En otras palabras, las informaciones entregadas para mostrar el \u201cda\u00f1o grave\u201d sufrido por las dos empresas son confidenciales; el \u201cgalletazo\u201d a 11 millones de consumidores que representar\u00eda el aumento de m\u00e1s de 50% en el precio de galletas, en cambio, ser\u00eda de conocimiento y sufrimiento p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas que ser\u00edan afectadas por el arancel adicional de 67.1% han explicado que los estados financieros entregados por las dos empresas solicitantes de la sobreprotecci\u00f3n arancelaria a los bancos m\u00faltiples con los cuales trabajan y a la DGII para fines de pago del impuesto sobre la renta, constituyen la \u00fanica fuente cre\u00edble para concluir si se ha producido o no un \u201cgrave da\u00f1o\u201d a la situaci\u00f3n financiera de las dos empresas productoras. En ese sentido, han requerido a la CDC que solicite dichos estados financieros, principalmente los Estados de Resultados o de Ganancias y P\u00e9rdidas para el per\u00edodo 2016-2024. Con esa informaci\u00f3n, los comisionados podr\u00edan observar, con objetividad e imparcialidad, c\u00f3mo han evolucionado los ingresos brutos por ventas y los beneficios de las dos empresas, antes y despu\u00e9s del denominado \u201cboom\u201d de importaciones de galletas de 2022-2024. La CDC, por alguna raz\u00f3n desconocida, no parece haber solicitado los estados financieros ni a los bancos ni a la DGII. Tampoco ha considerado necesario solicitar a la Superintendencia de Bancos un informe que indique en cu\u00e1nto \u00e9sta ha deteriorado la calificaci\u00f3n de los pr\u00e9stamos de los bancos a las dos empresas galleteras que indican haber sufrido un \u201cgrave da\u00f1o\u201d en su situaci\u00f3n financiera.<\/p>\n\n\n\n<p>Empresarios dominicanos, conscientes de que este tipo de medidas pueden tener un impacto devastador sobre la viabilidad del comercio importador de galletas y sobre el poder adquisitivo de 11 millones de consumidores, lograron reunir una serie de informaciones financieras de las empresas solicitantes de la sobreprotecci\u00f3n para el per\u00edodo 2018-2024. Al recibirlas, contrast\u00e9 algunos de los datos que me fueron suministrados con los plasmados en algunos estudios del mercado de galletas en RD. Al verificar que las diferencias resultaban insignificantes, tomamos la decisi\u00f3n de presentarlos de manera consolidada, es decir, sumando las partidas del Estado de Ganancias y P\u00e9rdidas de las dos empresas. No podemos asegurar que los datos aqu\u00ed presentados reflejan con 100% de certeza las informaciones financieras que ambas empresas han entregado a los bancos o a la DGII. Esa es la tarea que una CDC responsable, seria e imparcial asumir\u00eda, para lo cual tendr\u00eda que solicitar a los bancos o a la DGII los Estados de Ganancias y P\u00e9rdidas de las dos empresas. En lo que la CDC decide si solicita o no dichos estados, ponemos a disposici\u00f3n de 11 millones de consumidores que ser\u00edan afectados por el \u201carancelazo\u201d, la evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n financiera de las dos empresas solicitantes del mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas solicitantes de la sobreprotecci\u00f3n se\u00f1alan que han sufrido un \u201cda\u00f1o grave\u201d debido al \u201cboom\u201d de importaciones de galletas que se ha producido en el per\u00edodo 2022-2024. El receptor del lamento, lo primero que deber\u00eda revisar es la evoluci\u00f3n, entre 2021 y 2024, de los ingresos brutos por ventas de las empresas supuestamente afectadas. Si espera ver una ca\u00edda brusca en el per\u00edodo 2021-2024, quedar\u00e1 desilusionado. Los datos que hemos recibido muestran que los ingresos brutos por ventas de las dos empresas pasaron de RD$11,159 millones en 2021 a RD$20,515 millones en 2024, reflejando un aumento acumulado de 84% en un per\u00edodo de apenas tres a\u00f1os. \u00bfPuede ese incremento extraordinario de las ventas de las dos empresas productoras de galletas ser definido como un \u201cda\u00f1o grave\u201d? \u00bfCu\u00e1ntas empresas del pa\u00eds desear\u00edan ser \u201cda\u00f1adas gravemente\u201d con un aumento acumulado de sus ingresos de 84% en tres a\u00f1os?<\/p>\n\n\n\n<p>Alguien podr\u00eda se\u00f1alar que el aumento de los ingresos brutos por ventas puede coexistir con el \u201cda\u00f1o grave\u201d, si la suma de los costos de las empresas afectadas creci\u00f3 m\u00e1s r\u00e1pidamente que el crecimiento de los ingresos. Los datos de la tabla permitir\u00edan calcular que la totalidad de los gastos consolidados de ambas empresas pasaron de RD$10,964 millones en 2021 a RD$18,193 millones en 2024, para un aumento acumulado de 66%, inferior al aumento de 84% en los ingresos por ventas.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando uno escucha \u201cgrave da\u00f1o\u201d, sin lugar a dudas, imagina que las empresas pasaron de un 2021 de \u201cvacas gordas\u201d a un per\u00edodo 2022-2024 de \u201cvacas flacas\u201d. En otras palabras, que luego de exhibir grandes beneficios en el a\u00f1o previo al \u201cboom\u201d de importaciones, ingresaron a la geograf\u00eda de las p\u00e9rdidas consecutivas y crecientes. Dirija los ojos a la \u00faltima l\u00ednea de la tabla y m\u00e1tese usted mismo. En 2021, las dos empresas tuvieron un beneficio consolidado de RD$195 millones. El \u201cboom\u201d de importaciones, seg\u00fan las empresas galleteras l\u00edderes, se inici\u00f3 en 2022. \u00bfQu\u00e9 pas\u00f3 con los beneficios consolidados de las dos empresas productoras en 2022? Aumentaron a RD$665 millones, es decir, se multiplicaron por 3.4. El \u201cboom\u201d de importaciones continu\u00f3 en 2023. \u00bfQu\u00e9 sucedi\u00f3 con los beneficios consolidados de las dos empresas \u201cda\u00f1adas gravemente\u201d en 2023? Se dispararon a RD$1,873 millones, 2.8 veces mayores que los de 2022 y 9.6 veces los obtenidos en 2021. El \u201cboom\u201d continu\u00f3 en 2024. \u00bfColapsaron los beneficios de las dos empresas que controlan el 92% de la rama de producci\u00f3n nacional en 2024? En lo absoluto.<\/p>\n\n\n\n<p>Alcanzaron RD$2,322 millones, un 24% m\u00e1s elevados que los de 2023. Los beneficios de estas dos empresas en 2024, el a\u00f1o de mayor nivel de importaciones de galletas, fueron doce (12) veces mayores que los obtenidos por ellas en 2021, el a\u00f1o previo al \u201cboom\u201d de importaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Estamos haciendo el supuesto heroico de que las dos empresas no incurren en pr\u00e1ctica de precios de transferencias para reducir artificialmente sus beneficios y trasladarlos a empresas madres, hermanas o primas en el exterior, por ejemplo, en Guatemala o Costa Rica. Esto ocurre con frecuencia cuando las empresas pueden importar, libres de arancel, bienes terminados comprados a sus empresas relacionadas en el exterior. El incentivo a la sobrevaluaci\u00f3n de importaciones es enorme si los pagos de la factura sobrevaluada pueden ser realizados a empresas exportadoras relacionadas que tienen la alternativa de acogerse a \u201creg\u00edmenes opcionales simplificados\u201d para el pago del impuesto sobre la renta (ISR). En Guatemala, por ejemplo, las empresas tienen la opci\u00f3n de liquidar mensualmente el ISR pagando un 7% sobre los ingresos brutos mensuales. Si algo que vale US$100, la empresa exportadora lo factura a US$110, \u00e9sta terminar\u00eda pagando US$7.70 de ISR en Guatemala, es decir, US$0.70 por encima de lo que habr\u00eda pagado si la factura de exportaci\u00f3n no hubiese sido sobrevaluada. Sin embargo, la empresa relacionada en RD, al estar exenta de aranceles, lograr\u00eda reducir los beneficios que declara a la DGII en US$10 lo que, con una tasa corporativa de 27%, generar\u00eda un ahorro de US$2.70 en el pago del ISR. Lo que se ahorrar\u00eda en RD del ISR ser\u00eda casi cuatro veces que lo que pagar\u00eda de m\u00e1s en Guatemala. La sobrevaluaci\u00f3n de las importaciones, como ha quedado demostrado en este caso espec\u00edfico, podr\u00eda estimular la reducci\u00f3n de los beneficios declarados ante la DGII.<\/p>\n\n\n\n<p>Estamos asumiendo tambi\u00e9n que las dos empresas dominantes de la Rama de Producci\u00f3n Nacional de galletas no reducen artificialmente sus beneficios pagando gastos personales o familiares en el rengl\u00f3n de gastos de representaci\u00f3n, una pr\u00e1ctica com\u00fan en el pa\u00eds. Las informaciones recibidas indican que los gastos de representaci\u00f3n de ambas empresas alcanzaron RD$514 millones, una suma exagerada si se tiene en cuenta que el total de gastos de personal, prestaciones laborales y aportes a la seguridad social alcanz\u00f3 RD$1,616 millones. \u00bfResultan sensatos gastos de representaci\u00f3n equivalentes al 32% de todo el gasto de personal? Gastos de representaci\u00f3n equivalentes al 2.5% de los ingresos brutos por ventas deber\u00edan generar suspicacias, pues son 12 veces m\u00e1s elevados que el 0.2% y 0.3% que exhiben otras empresas que participan en nuestro mercado de galletas. Lo mismo ocurre con los gastos extraordinarios que revelan las informaciones preliminares recibidas. Los estados consolidados de las empresas galleteras l\u00edderes muestran que estos ascendieron a RD$299 millones o 1.46% de los ingresos brutos por ventas en 2024; casi tres veces el 0.53% que registraron otras empresas participantes en ese mercado.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior revela que los beneficios reales consolidados en 2024 pudieron haber sido significativamente mayores a los declarados, si las empresas se acogieron a pr\u00e1cticas de precios de transferencia y abultamiento de gastos de representaci\u00f3n y erogaciones extraordinarias. Para no ingresar a la geograf\u00eda especulativa, asumiremos, como revelan los datos recibidos, que los beneficios en 2024 solo se multiplicaron por 12 entre 2021 y 2024. Si la multiplicaci\u00f3n de los beneficios por 12 en un per\u00edodo de apenas tres a\u00f1os es sin\u00f3nimo de \u201cda\u00f1o grave\u201d, todas las empresas del pa\u00eds, las cuales, en un 99% vieron multiplicar por mucho menos sus beneficios entre 2021 y 2024, al un\u00edsono gritar\u00edan \u201c\u00a1d\u00e1\u00f1eme, compadre!\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1 claro que el \u201cda\u00f1o grave\u201d no ha ocurrido en la geograf\u00eda financiera de las dos empresas solicitantes del \u201carancelazo\u201d. \u00bfPodr\u00eda haber tenido lugar en la supuesta p\u00e9rdida de empleos que se ha producido en ambas? Bueno, si echamos un vistazo a la evoluci\u00f3n de los gastos de personal de las dos empresas, el \u201cda\u00f1o grave\u201d tampoco parecer\u00eda haber ocurrido ah\u00ed. Si ambas empresas han tenido que despedir personal luego del \u201cboom\u201d de importaciones de galletas, \u00bfc\u00f3mo podr\u00edan explicar a 11 millones de consumidores que el gasto de personal consolidado de las dos empresas haya pasado de RD$756 millones en 2021 a RD$1,616 millones en 2024, para un aumento de 114% en tres a\u00f1os? Dado que el salario m\u00ednimo para las grandes empresas aument\u00f3 en 42.6% entre 2021 y 2024, est\u00e1 claro que el aumento de 114% en el gasto de personal solo pudo haber ocurrido si el total de empleados de ambas empresas en 2024 fue significativamente mayor que el de 2021. Lo que se desconoce es si en el caso de la empresa productora que importa galletas desde Guatemala y Costa Rica, el empleo en su divisi\u00f3n de importaci\u00f3n aument\u00f3 m\u00e1s r\u00e1pido que el empleo en la divisi\u00f3n de producci\u00f3n de galletas. El \u201cda\u00f1o grave\u201d, en consecuencia, tampoco reside en la supuesta p\u00e9rdida de empleos. Con una llamada telef\u00f3nica, la CDC podr\u00eda pedirle a la TSS que la ilustre sobre lo que ha sucedido con el empleo de ambas empresas entre 2021 y 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>Liquidado el \u201cda\u00f1o grave\u201d en los beneficios y el empleo, s\u00f3lo quedar\u00eda el argumento de que este reside en la menor utilizaci\u00f3n de la capacidad instalada. Aqu\u00ed no perderemos mucho tiempo. Si se ha reducido el uso de la capacidad instalada en una de las empresas productoras de galletas, la causa debemos buscarla en Guatemala y Costa Rica. Si las importaciones de galletas realizadas por una de las empresas desde esos dos pa\u00edses alcanzaron US$25 millones en 2024-2025, podemos apostar que el uso de la capacidad instalada ha aumentado en las empresas hermanas establecidas en Guatemala y Costa Rica.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas solicitantes del arancel adicional de 67.1% se quejan porque, seg\u00fan ellas, el precio promedio por kilogramo de galletas importadas desde pa\u00edses sin TLC con RD fue de US$1.80 en 2024 mientras que el precio promedio pagado por las empresas productoras cuando importaron desde Guatemala y Costa Rica fue de US$2.84. Ambos datos son mentirosos. El precio promedio de las galletas importadas de los pa\u00edses sin TLC con RD fue de US$2.06\/kg y el precio promedio las importadas desde Guatemala y Costa Rica fue de US$2.35\/kg. Ya vimos que, si las importaciones desde Guatemala y Costa Rica est\u00e1n exentas de arancel, existe un fuerte incentivo a la sobrevaluaci\u00f3n cuando las compras son realizadas a empresas hermanas radicadas en esos pa\u00edses. Si este no es el caso, \u00bfpor qu\u00e9 entonces las dos empresas productoras no importan de los pa\u00edses sin TLC que venden a menor precio, a sabiendas que las industrias de esos pa\u00edses pueden enviarles las galletas que deseen con sus marcas y especificaciones?<br>Sabemos que algunos asesores de las dos empresas que aspiran a la sobreprotecci\u00f3n entienden que no tiene nada de malo ni de pecaminoso solicitar un arancel de 67.1% para multiplicar los beneficios que actualmente perciben dos empresas que pasar\u00edan a operar como duopolio, dada la prohibici\u00f3n de facto de la importaci\u00f3n de galletas desde pa\u00edses sin TLC con RD que decretar\u00eda el arancel de 87.1%. Sabemos tambi\u00e9n que los asesores definen como insignificante el aumento de 50% o 60% en el precio de las galletas que enfrentar\u00edan los hogares como consecuencia del \u201carancelazo\u201d. Claro, no ser\u00edan ellos quienes tendr\u00edan que salir a defender esta pol\u00edtica aberrante. Tampoco los miembros desconocidos de la CDC. El muerto le caer\u00eda en las primeras horas al reci\u00e9n nombrado ministro de Industria, Comercio y Mipymes. Pero al d\u00eda siguiente, ser\u00eda el presidente Abinader quien tendr\u00eda que salir a explicar a las madres que compran a diario o semanalmente las galletas que sus hijos llevan como merienda a las escuelas y colegios, el por qu\u00e9 el gobierno que afirma privilegiar y proteger a la gente, considera justo y necesario que todas las familias del pa\u00eds sean forzadas a pagar 50% m\u00e1s por todas las galletas que se venden en el pa\u00eds, para que dos empresas, una guatemalteca y otra dominicana, en lugar de ganar los RD$2,322 millones que como m\u00ednimo percibieron en 2024, aumenten sus beneficios a RD$5,910 millones, s\u00f3lo por el efecto de aumento de precios, excluyendo el que obtendr\u00edan por el mayor volumen de ventas que ambas registrar\u00edan al recibir la licencia para \u201cduopolizar\u201d el mercado y \u201cmatar\u201d al consumidor.<\/p>\n\n\n\n<p>La administraci\u00f3n del presidente Abinader no deber\u00eda permitir que una entidad como la CDC, conformada por personas no electas, sin solicitar los Estados Financieros oficiales a la DGII y sin celebrar vistas p\u00fablicas para escuchar la posici\u00f3n de la gente que la actual administraci\u00f3n afirma privilegiar y proteger, establezca un impuesto adicional de 67.1% a las importaciones de galletas. Estar\u00edamos frente a una especie de \u201ctax without representation\u201d, como el \u201cStamp Tax\u201d del 22 de marzo de 1765, considerado inconstitucional por las colonias americanas y que dio lugar al \u201cno tax without representation\u201d, el grito de guerra de la Revoluci\u00f3n Americana que culmin\u00f3 con la Declaraci\u00f3n de Independencia firmada el 4 de julio de 1776. Aqu\u00ed no tendr\u00edamos una revoluci\u00f3n. Sin embargo, tenemos redes sociales. Dada la creciente indignaci\u00f3n de una gran parte de la poblaci\u00f3n con los esc\u00e1ndalos de corrupci\u00f3n y los tratamientos privilegiados en justicia que han alimentado la percepci\u00f3n de que en RD, mientras mayor sea la riqueza menor ser\u00e1 la pena, esta nueva injusticia econ\u00f3mica podr\u00eda inducir a las masas alofokianas, somospueblianas y tolentinianas a replicar lo acontecido hace 5 meses en Katmand\u00fa, Nepal, cuando miles de j\u00f3venes incendiaron el Parlamento y golpearon, desnudaron, arrastraron por las calles y lanzaron a un r\u00edo al entonces ministro de Finanzas.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Andr\u00e9s Dauhajre Hijo Dos empresas, responsables del 92% de las galletas producidas en el pa\u00eds, una de capital extranjero y la otra de capital nacional, acompa\u00f1adas de sus representantes&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5805,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[14,20],"tags":[2662,2273,3253,2219,688],"class_list":["post-5804","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-slider","category-opinion","tag-bancos","tag-cdc","tag-danograve","tag-empresas","tag-opinion"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v26.9 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>\u00bfDa\u00f1o grave? 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